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Noticias • 2022-07-15

Impuestos exonerados a las zonas francas

15/7/2022

Las zonas francas son zonas de libre empresa con delimitación específica dentro de las cuales se ubican todas las infraestructuras, sistemas y servicios de soporte necesarios para que se establezcan empresas internacionales cuyas actividades están relacionadas con la producción de bienes, servicios, alta tecnología, investigación, educación superior entre otros.

El objetivo principal de esta zona, es proveer condiciones óptimas de eficiencia operativa para garantizar a las empresas establecidas allí niveles altos de competitividad en los mercados internacionales. 

La ley enmarca dos conceptos de las zonas francas:

  • Operadores de Zonas francas: personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, nacional o extranjera que asume la responsabilidad de la operación, administración y supervisión del funcionamiento de la zona franca. 
  • Promotor de Zona franca: Personas naturales o jurídicas, privadas o públicas, nacional o extranjera que concibe o adquiere la idea y la transforma en proyecto factible, incluyendo gestiones de inversión, compra y arrendamiento de terrenos, búsqueda de financiamiento, la captación de clientes por mencionar algunos.  La persona jurídica o natural que ejerza la función de promotor puede ejercer la de operador.

Dicho esto,  los promotores  de zonas francas y las empresas establecidas  gozarán de múltiples beneficios tales como la exoneración de los siguientes impuestos:

  1. La exoneración de todo impuesto directo o indirecto, tasas, contribuciones, derechos, y gravámenes nacionales relacionados con sus operaciones dentro de las zonas francas.
  2. Exención del pago de Impuesto sobre la renta sobre las operaciones exteriores, u operaciones entre zonas francas.
  3. Los promotores de Zonas francas serán exonerados del pago de Impuesto sobre la renta, Impuesto de transferencia de bienes corporales muebles y la prestación de servicios (ITBMS)
  4. Beneficio del pago de impuesto de dividendos al 5%, independientemente de la fuente de origen y pagarán solamente el 2% del impuesto complementario en caso tal no haya distribución de utilidades.
  5. Impuesto de Licencia de operación: impuesto anual que corresponde al 1% del capital de la empresa, con un mínimo de cien balboas (B/.100) y un máximo de ciento cincuenta mil (B/.150,000)

En Panamá,  existen aproximadamente 12  zonas francas activas y 6 en desarrollo entre las ciudades de Panamá y Colón. 

Entre las cuales podemos mencionar:

  • Zona Franca Marpesca/Corozal (Procesadora Marpesca. S.A)
  • Zona Franca Panapark (Consorcio Industrial de Las Américas, S.A. - COINLA)
  • Zona Franca de Albrook (Zona Procesadora de Exportación Albrook, S.A.)
  • Zona Franca PANEXPORT(Inmobiliaria SUCASA S.A.)
  • Zona Franca Estatal de Davis(Unidad Administrativa de Bienes Revertidos)
  • Zona Franca Colon Maritime Investor(Colón Maritime Investor, S.A.)
  • Zona Franca del Istmo (Zona Franca del Istmo S.A.)
  • Zona Franca Eurofusión(Eurofusión, S.A.)

La principal zona libre del hemisferio occidental es la Zona Libre de Colón, creada desde 1948, y existen otros regímenes especiales, dedicadas a promover el comercio internacional, los servicios, la producción y la manufactura, como son: Ciudad del Saber, Panamá Pacífico, las Sedes de Empresas Multinacionales, entre otros.

Si estás establecido en una zona franca o estás interesado en invertir en alguna de ellas podrás obtener más información en la Ley 32 del 5 de abril del 2011 publicada en la Gaceta oficial.

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