Hablemos sobre el aviso de operaciones…

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Noticias • 2024-05-03

Hablemos sobre el aviso de operaciones…

03/05/2024

Establecer una empresa en Panamá es una decisión estratégica que ofrece numerosas ventajas, desde su favorable clima de negocios hasta su posición geográfica privilegiada. Para asegurar que tu negocio opere de manera legal y eficiente, es fundamental obtener el Aviso de Operaciones como lo establece la ley #5 del 11 de Enero de 2007 . Este documento no solo es un requisito legal, sino que también actúa como una carta de presentación ante clientes y proveedores, demostrando que tu empresa cumple con las normativas locales. 

En este artículo, explicaremos en detalle qué es el Aviso de Operaciones, por qué es indispensable para tu negocio y los pasos necesarios para obtenerlo, ayudándote a navegar con éxito en el dinámico entorno empresarial panameño.

El aviso de operaciones es un documento legal requerido para la apertura de una actividad comercial o industrial en el territorio de la República de Panamá.

El mismo debe contener la información necesaria para la identificación y verificación del declarante  como también de su actividad comercial. 

Este proceso se realiza a través de la página web de Panamá Emprende, una vez finalizas tu proceso es de suma importancia imprimir el aviso de operaciones, firmarlo y mantenerlo todo el tiempo en tu negocio.

Existen actividades que por su naturaleza requieren de requisitos previos antes de generar el aviso de operaciones. Entre los cuales podemos mencionar: 

  1. Los establecimientos de alojamiento ocasional, casas de citas o de ocasión, clubes nocturnos, boites y cabarés.
  2. El expendio de bebidas alcohólicas, que requerirá el previo cumplimiento de lo establecido en el artículo 2-A de la Ley 55 de 1973(que habla de la necesidad de obtener un Derecho Único para ejercer la actividad de expendio de licores) adicionado por la presente Ley.
  3. Las derivadas de contratos de concesión administrativa del Estado o de las autoridades
    locales, tales como transporte público, medios de comunicación y, en general, las
    relacionadas con los servicios públicos.
  4. Las reguladas como banca, empresas fiduciarias, seguros, reaseguros, bienes raíces, casas
    de empeño, casas de remesas de dinero, empresas financieras, casas de valores, asesores
    de inversiones, bolsas de valores y centrales de valores.
  5. Las casas de valores, asesores de inversiones, bolsas de valores y centrales de valores, los
    cuales requerirán la obtención de licencia obligatoria ante la Comisión Nacional de
    Valores de la República de Panamá.
  6. Los establecimientos farmacéuticos, los cuales deberán obtener adicionalmente una
    licencia ante la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas del Ministerio de Salud.
  7. Los hospitales, las instituciones hospitalarias y las clínicas, los cuales requerirán permiso
    previo por el Ministerio de Salud.
  8. La venta de armas, municiones, equipos y materiales relacionados, así como agencias de
    seguridad privada, las que requieren una licencia especial expedida por el Ministerio de
    Gobierno y Justicia.
  9. Las de admisión, transporte y entrega de correos.
  10. Las relacionadas con situaciones de alto riesgo público por sus implicaciones a la salud, al
    medio ambiente o a la seguridad nacional. El Órgano Ejecutivo determinará cuáles son estas actividades.

Regresando a la constitución del aviso de operaciones toda la información el mismo contendrá una declaración jurada, cuya aceptación es obligatoria para que pueda iniciar sus actividades comerciales. 

Al momento de realizar el proceso de aviso de operaciones tendrá que pagar una tasa de aviso de operaciones que corresponde a quince balboas (B/.15.00) para las personas naturales y de cincuenta y cinco balboas (B/.55.00) para las personas jurídicas.

Adicional a esto cada año, se debe pagar un impuesto anual de 2% en los avisos de operaciones de empresas,con un mínimo de cien balboas (B/.100.00) y un máximo de cuarenta mil balboas (B/.40,000.00).

En el caso de las personas naturales y jurídicas con un capital invertido menor de de diez mil balboas (B/.10,000.00) quedan exentas. 

 En resumen, el Aviso de Operaciones es un componente esencial para cualquier empresa que desee establecerse y operar en Panamá. No solo asegura el cumplimiento legal, sino que también aporta credibilidad y confianza ante clientes, proveedores y socios comerciales. Al obtener este documento, estás dando un paso decisivo hacia la formalización y el crecimiento sostenible de tu negocio.

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